Facturas como siempre.
Cobras como siempre.
RotRut es una sociedad española que contrata tu trabajo por cuenta de propietarios suecos con vivienda en España. Nos facturas a nosotros, con tu IVA o IGIC de siempre, y te pagamos por transferencia. La deducción fiscal sueca del propietario es asunto nuestro.
Lo único que cambia
- 01
El destinatario de la factura somos nosotros, no el propietario.
- 02
La referencia del cliente va escrita en la factura.RR-2026-4839208
- 03
Mano de obra, materiales y desplazamiento, en líneas separadas.
Por qué estamos en medio
Los propietarios suecos tienen derecho a una deducción que paga su Estado: ROT para reformas, RUT para trabajo doméstico. Cubre el 30 % y el 50 % de la mano de obra respectivamente — nunca los materiales — y vale para trabajo en todo el EEE. También en la casa de España.
Pero la Agencia sueca solo la concede cuando el contratista conoce su normativa: la deducción tiene que ir ya descontada en la factura al propietario, el justificante tiene una forma concreta, y alguien tiene que reclamarle el dinero al Estado sueco. Tú no puedes hacerlo, y no tienes por qué. Por eso te compramos el trabajo y se lo revendemos a ella. Esa es toda la razón por la que la factura va a nuestro nombre — y por la que existen la referencia y el desglose por líneas.
Para ti significa que tu cliente puede permitirse más obra sin que tú bajes el precio. La deducción se descuenta de su factura, no de la tuya.
La deducción es de la propietaria, nunca tuya. Nuestra comisión la paga ella — jamás se descuenta de tu factura.
Qué cambia para ti
Poco. Sigues siendo el contratista, aplicas tu impuesto habitual y tratas con el propietario como siempre. Lo que cambia es a quién facturas y qué tiene que llevar esa factura.
Nos facturas a nosotros
A efectos fiscales tu cliente es RotRut, una sociedad española con NIF español. Te damos los datos de facturación al empezar el encargo. No tratas con la administración sueca en ningún momento.
Tu impuesto no cambia
Aplicas el tipo que aplicarías al propietario, porque lo que manda es dónde está la vivienda: IVA en península y Baleares, IGIC en Canarias. Lo que hagamos nosotros aguas abajo no altera tu repercusión.
Cobras sin esperar a Suecia
La resolución sueca puede tardar meses. Tú no esperas a eso: cobras el importe íntegro de tu factura cuando el propietario ha aprobado y pagado, normalmente pocos días después.
La factura
Cinco requisitos. Si falta alguno, la factura no encuentra su expediente y el pago se retrasa.
- 01
La referencia del cliente
Un código con la forma RR-2026-4839208, que te da el propietario. Escríbelo en cualquier lugar visible de la factura: es lo que une tu factura con su expediente. Sin él hay que buscarlo a mano.
- 02
La dirección de la obra — no la de facturación
En la factura debe constar la dirección donde se ejecutó el trabajo. La cotejamos con la vivienda del expediente, porque es su ubicación la que decide el tipo impositivo y porque la propiedad es la condición sueca para la deducción. Muchas facturas llevan la dirección de facturación del cliente en su lugar, y entonces el expediente se queda en revisión hasta que alguien aclara de qué vivienda se trataba.
- 03
Mano de obra, materiales y desplazamiento por separado
La deducción sueca se calcula solo sobre la mano de obra: ni los materiales ni el desplazamiento o las dietas deducen, así que tienen que poder separarse. Si envías un importe a tanto alzado te pediremos que lo desgloses y certifiques el desglose en el portal de proveedores, que es más trabajo que escribir tres líneas desde el principio.
- 04
Tu IVA o IGIC, como siempre
El tipo que corresponda a la obra. Si en una misma factura conviven dos tipos — la reforma al reducido y un electrodoméstico al general, por ejemplo — indícalo línea por línea.
- 05
Enviada a la dirección que te damos
Un correo con la factura en PDF adjunta a la dirección de facturación del encargo. La leemos automáticamente y abrimos el expediente el mismo día.
- Emisor
- Reformas Delgado SL
- Cliente
- RotRut
- Obra
- Los Geranios 3, 35100 MaspalomasLa vivienda, no la de facturación
- Ref.
- RR-2026-4839208La referencia del propietario
Cómo y cuándo cobras
- 01
Recibimos y revisamos
Leemos la factura, comprobamos que el tipo impositivo encaja con la región de la vivienda y separamos la mano de obra de los materiales y el desplazamiento. Si algo no cuadra te llamamos antes de seguir.
- 02
El propietario aprueba
Le enseñamos el desglose y lo aprueba. Nada avanza sin su visto bueno, igual que no avanzaría si te contratara directamente.
- 03
Te pagamos el importe íntegro
Transferencia a tu cuenta española, en euros, por el total de tu factura. Sin retenciones nuestras y sin descuentos por la deducción sueca: eso corre por nuestra cuenta.
Trabajo por hacer, o ya hecho
Las dos cosas valen. Dinos cuál es y cambia solo el momento del pago.
Presupuesto o proforma
Para trabajo que aún no has empezado. Cobras una vez el propietario ha aprobado y pagado, antes de que empieces. Al terminar nos confirmas la finalización y, si el importe lo requiere, adjuntas fotos del trabajo acabado.
Factura de trabajo terminado
Para trabajo ya ejecutado. El circuito es el mismo, solo que la confirmación de finalización ya está hecha cuando llega la factura.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que registrarme en algo sueco?
No. No hay alta, ni número, ni declaración sueca por tu parte. Tu cliente es una sociedad española y tu contabilidad no cambia en nada.
¿Cambia el IVA que aplico?
No. Aplicas el tipo que corresponde a la obra en el lugar donde está la vivienda, igual que si facturaras al propietario.
¿Por qué insistís tanto en separar mano de obra, materiales y desplazamiento?
Porque la deducción sueca solo existe sobre la mano de obra. El importe total no nos sirve: necesitamos saber qué parte es trabajo para calcular la base, y la administración sueca puede pedir el desglose — en especial el desplazamiento, que nunca puede ir escondido dentro de la mano de obra. Si el desglose no se puede leer en la factura, tendrás que hacerlo después en el portal y certificarlo con tu nombre.
¿Y si en la factura conviven dos tipos impositivos?
Indícalos línea por línea. Es legítimo — una reforma al tipo reducido y un electrodoméstico al general son dos operaciones distintas — pero si el documento solo trae el total no podemos deducir qué corresponde a qué.
¿Os lleváis una comisión de mi factura?
No. Cobras el importe íntegro que has facturado. A quien cobramos es al propietario, por el trabajo que hacemos para él — casar la factura, revisarla, la solicitud y la liquidación — y eso aparece en su desglose, no en el tuyo.
¿Quién me paga si el propietario no paga?
No te pagamos hasta haber cobrado del propietario, así que el circuito no empieza hasta que hay dinero. Lo que nunca ocurre es que cobres tarde por culpa de la resolución sueca: esa espera la asumimos íntegra.
¿Trabajáis en toda España?
En Canarias (IGIC) hoy. Península y Baleares (IVA) es lo siguiente, y Ceuta y Melilla (IPSI) queda más lejos. Si tienes un encargo fuera de Canarias, escríbenos antes de facturar.
El propietario me ha dado un código de referencia. ¿Qué hago con él?
Escríbelo en la factura, en cualquier lugar visible. Es lo que hace que tu factura encuentre su expediente en cuanto llega.
¿Trabajas para un propietario sueco?
Escríbenos con la referencia que te haya dado y te enviamos los datos de facturación y la dirección a la que mandar la factura.